Por haber ingresado en Fase 5, el día 12 de junio en el Partido de Pergamino se habilitaron varias actividades, entre ellas, las deportivas.
Al respecto se refirió el subsecretario de Deportes Andrés Buey, quien dejó en claro cuáles son las actividades deportivas permitidas en el horario de 8 a 20hs. Asimismo, remarcó que “todas las actividades físicas que impliquen menores de 16 años están prohibidas”.
El cuanto al proceso de apertura de las actividades deportivas, relató: “Junto con profesores y personas relacionadas al deporte del ámbito privado estuvimos trabajando en la confección de los protocolos establecidos para cada disciplina. Siempre esperando el momento para poder desarrollarlas. Trabajamos con los protocolos específicos de Federaciones y Asociaciones deportivas del ámbito nacional. Con esas bases y adecuándolos a la situación de nuestra ciudad, empezamos a trabajar en actividades específicas tales como tenis, paddle, golf, squash, motocross, karting, pelota paleta, entre otras”
Para la confección de los protocolos se tuvo en cuenta el distanciamiento entre personas, reglas de higiene básicas y elementales que deben tener quienes practiquen el deporte, tanto para ingresar como para egresar de los espacios deportivos.
El funcionario aclaró que continúan trabajando con protocolos de otras actividades deportivas que aun no están permitidas.
*Los clubes*
En cuanto a los clubes, explicó: “Fueron habilitados como inmuebles, ya que dentro de los clubes hay muchas actividades que se practican, como tenis, paddle, etc. Actualmente, están prohibidos los deportes de contacto como vóley, básquet, futbol, rugby y hockey, entre otras. Estamos trabajando de manera constante con este tipo de disciplinas para ver la forma y la manera de poder generar ese movimiento que es tan necesario en los clubes, para recuperar al socio, y la cuota social que se necesita para sostener todos los gastos que sabemos tiene cada institución”
*Actividades al aire libre*
Otras actividades permitidas son: caminatas, paseos, trotes, running, y ciclismo.
Se autorizan una vez al día, por un plazo máximo de dos horas, garantizando siempre el distanciamiento social vigente.
Estas actividades deben realizarse en espacios abiertos, de manera individual y respetando la siguiente distancia:
- Caminatas y paseos: cuatro (4) metros.
- Trotes, corridas y running: diez (10) metros.
- Ciclismo y afines: veinte (20) metros.
Aquellas personas que necesiten ir acompañadas pueden hacer con un cuidador.
No se encuentra habilitado el uso de juegos de plaza ni máquinas de ejercicios dispuestas en espacios públicos.
No está permitido el traslado en transporte público para hacer ejercicio.
“Desde que se generó la apertura de la actividad, el comportamiento de las personas fue muy positivo. Comprendieron que tenemos una franja horaria muy importante para desarrollar la actividad, y se han dispersado por toda la ciudad. No se generó concentración en puntos críticos”, remarcó Buey.
En tanto recomendó: “Si ven espacios donde ya hay personas realizando alguna actividad física, elijan otro lugar, eviten estar cerca, respeten el distanciamiento social”
Cabe recordar que quienes realizan actividades de baja intensidad, deben usar barbijo o tapabocas; y quienes desarrollan actividades a mediana y alta intensidad, como correr o andar en bicicleta, están exceptuados del uso barbijo, pero si es obligatorio que cumplan con el distanciamiento social.
*Gimnasios*
Los encargados, titulares o responsables del establecimientos deberán gestionar el cumplimiento de las medidas dispuestas en el protocolo teniendo en consideración al cliente, socio o usuario y al trabajador que preste tareas en el lugar, este último, de acuerdo a la normativa dictada por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social de la Nación.
“Los gimnasios cuentan con un protocolo sumamente estricto, donde se debe contemplar un espacio de entre 16 y 20 metros cuadrados para cada persona. A su vez hay un tope de no más de 10 personas para el ámbito de gimnasios cerrados, incluido el docente o profesor. No así en lo que son actividades abiertas como tenis o paddle, donde puede haber un volumen de 10 personas haciendo la actividad más 3 personas que hacen la parte administrativa y docencia, por ejemplo”, señaló.
Previo al ingreso al establecimiento cada deportista, cliente, socio o usuario deberá formular una declaración jurada informando no poseer síntomas de Covid-19 ni ser contacto estrecho de un caso confirmado en los últimos catorce (14) días (Anexo II, Protocolo I). Sin perjuicio de ello, se deberá llevar una planilla de datos de cada usuario con nombre y apellido, DNI, dirección, teléfono, etc. a disposición en caso de ser requerida.
Requisitos para el ingreso y la permanencia:
• Deberá ser por una sola vía, a través una sola puerta.
• Tener solución de agua y alcohol al 70% o alcohol en gel o bacha con agua y con jabón líquido para el lavado de manos.
• Asistir a la institución individualmente, no en grupos.
• Evitar el contacto directo entre deportistas. Se evitará el cruce de usuarios al finalizar e iniciar cada turno.
Deberán existir ingresos y egresos distintos.
• No utilizar máquinas de uso compartido. No se trabaja en parejas
• Usar tapabocas.
• Respetar distanciamiento social preventivo y obligatorio
• Higienizar el calzado
• Registrar a todas las personas que ingresan.
• Control de temperatura: al ingreso al establecimiento o antes del inicio de la actividad (En gimnasios privados o en sectores públicos). No se permitirá el ingreso o participar de la actividad a aquellas personas que registren una temperatura de 37,5°C o más.
• Sólo ingreso de deportistas.
• Llevar elementos de uso personal en bolso (botella de agua, toalla, muda de ropa, elementos de higiene) y evitar el uso de los sanitarios en lo posible.
• El bolso de mano queda en depósito y es desinfectado cuando se lo deja y al retirarlo.
• Evitar el ingreso de personas consideradas en grupo de riesgo.
• No compartir vasos, utensilios, botellas, mate, etc.
El uso de vestuario solo se recomienda para higienizarse de acuerdo a los protocolos establecidos por la autoridad sanitaria provincial.
Los buffets funcionarán de acuerdo a la reglamentación vigente para locales de despacho de comida, considerando siempre el extremo cuidado de las medidas de distanciamiento e higiene.